Unidad II. Los actos de comercio
Universidad de Colima
Segundo Semestre Grupo "C"
Equipo:
*Fernández Minakata Jaime David
*Hernández Barragán Dora Magaly
*Hernández Márquez Erika Jacqueline
*Silva Mejía Perla Guadalupe
*Zamora Barreto Adriana Monsserrath
La Materia Mercantil. (Cuestionario)
1.- Consiste esencialmente en una actividad de
mediación o interposición entre productores y consumidores, con propósito de
lucro.
a) Acto Mixto
b)
Comercio c) Derecho
d) Constitución
2.- Nació precisamente para regular el comercio o,
mejor dicho, los actos y relaciones de los comerciantes propios de la
realización de sus actividades mediadoras.
a) Derecho Mercantil b)
Capital social c)
Emisión d) Bono de Prenda
3.- Conjunto de
normas jurídicas que se aplican a los actos de comercio legalmente calificados
como tales y a los comerciantes en el ejercicio de su profesión.
a) Requisito
b) Presupuestos c)
Concepto de Derecho Mercantil
d) Concepto de ley
4.- Es un Derecho
profesional, creado y desarrollado para resolver los conflictos y la
actividad propia de los empresarios.
a) Características del Derecho Mercantil b) Carta Poder c) Profesión d) Estado
5.- Es todo
aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de
conducta y constituye, por lo tanto, el modo o forma especial como se
desarrolla y desenvuelve esa rama del Derecho. todo aquello que se origina en
su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta y constituye, por
lo tanto, el modo o forma especial como se desarrolla y desenvuelve esa rama
del Derecho.
a) Materia Mercantil b) Capital Social c) Constitución d)
Fuentes del Derecho Mercantil
Los actos de comercio y su definición.
El término acto de comercio encierra en su
concepto abstracto porque hay diferentes modalidades y no hay nota común que
defina su esencia. Es cierto que se podría afirmar que son actos de comercio,
los sujetos a las normas mercantiles.
Los actos de comercio están regulados en
diversas normas: cabe destacar los artículos 1, 2, 75 del Código de Comercio;
el artículo 1° de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que
establece que “Son actos de comercio todos los consignados en un título valor y
las operaciones de crédito reglamentadas por la propia Ley”.
Es el artículo 75 donde se hace una enumeración
de los actos de comercio que establece un numerus apertus de los mismos
permitiendo que otras leyes vengan a complementar o integrar la norma, como así
lo hace el artículo 1 mencionado de la LGTOC.
Distinguiéndolos de los actos esencialmente
civiles, los mercantiles se clasifican en:
*LOS ACTOS ABSOLUTAMENTE MERCANTILES:
Son aquellos siempre sometidos al Derecho
Mercantil y, en muchos casos, tachados de mercantiles por la propia ley que los
regula. Un ejemplo claro de estos actos son aquellas operaciones que se
realizan con el fin de mantener la relación entre comerciante y empresa, como la
firma de pagares, letra de cambios, cheques o simplemente la cuenta corriente,
el fideicomiso.
* LOS ACTOS DE MERCANTILIDAD CONDICIONADA:
Son aquellos cuya naturaleza puede ser
mercantil o civil según las circunstancias en las que se celebren. Por ejemplo:
una compraventa con el fin de consumo es civil y una compraventa con fin de
acaparamiento será mercantil. Asimismo ocurre con los préstamos, o el mandato
(Comisión desde el punto de vista mercantil) que también pueden tener diversa
naturaleza dependiendo de las circunstancias que concurran al celebrarse o
llevarse acabo.
Sistemas para determinar los actos de comercio.
Bueno como ya sabemos un acto de comercio es un concepto para deslindar el campo de actuación del derecho mercantil su definición dice: todo acto de naturaleza privada que tiene como objetivo crear, transferir, modificar o extinguir y tiene como objetivo principal obtener un lucro es considerado acto de comercio.
Por lo tanto hemos investigado varios sistemas para determinar estos y algunos de ellos son:
Argentina: toda adquisición a título oneroso de una cosa mueble o de un derecho sobre ella, para lucrar con su enajenación, ya sea en el mismo estado que se la adquirió o luego de darle otra forma de mayor o menor valor.
España: Los actos de comercio, sean o no comerciantes lo ejecutantes, y estén o no especificados en este Código, de regirán por las disposiciones contenidas en él [...]".
Sin embargo en México manejamos un sistema que dice:
Los sistemas para la determinación de los actos de comercio son 2
El subjetivo un acto será mercantil cuando lo ejecute un comerciante se entiende por comerciante, en términos del articulo tercero del código de comercio quien ejecuta de manera ordinaria ejecuta o ejerce el comercio
Objetivo: los actos son calificados de mercantiles en virtud de sus caracteres intrínsecos cualquiera que sea el sujeto que los realice.
Por lo tanto nosotros creemos que esta bien planteado nuestro sistema por que se refiere a la clasificación de los actos de comercio con una definición muy clara que englobe a todos los aspectos.
La interpretación analógica de los actos de comercio. (Cuestionario)
1.- ¿Es la manifestación de la voluntad cuyo propósito es producir consecuencias
jurídicas, en crear, modificar, extinguir, transferir, conservar derechos
y obligaciones?
a) El acto del comercio
b) Sociedades
Mercantiles
c) Sociedades Mexicanas
d) Sociedad Anónima
2.- ¿Pretende condicionar el acto de
comercio a que una o más de las personas que lo realizan sean comerciantes o
empresarios?
a) Objetivo
b) Especulación
c) Subjetivo
d) Enajenaciones
3.- ¿Actos que se aplican reglas del derecho mercantil, que no importa
la persona?
a) Objetivo
b) Especulación
c) Subjetivo
d) Enajenaciones
4.- En forma más o menos ordenada, los
distintos actos a los que nuestra legislación otorga el carácter de comerciales
son:
a) La permuta
b) Las operaciones de
comisión mercantil
c) La compraventa
d) Las fianzas
5.- ¿Artículo en
el cual se contempla todos
aquellos actos que se consideran por la ley como actos de comercio?
a) Art. 123
b) Art. 75
c) Art. 26
d) Art. 3
Enumeración del artículo 75 del Código de Comercio.
ARTICULO 75. LA LEY REPUTA ACTOS DE COMERCIO:
I. TODAS LAS ADQUISICIONES, ENAJENACIONES Y ALQUILERES VERIFICADOS CON PROPÓSITO DE ESPECULACION COMERCIAL, DE MANTENIMIENTOS, ARTICULOS, MUEBLES O MERCADERÍAS, SEA EN ESTADO NATURAL, SEA DESPUES DE TRABAJADOS O LABRADOS;
Ejemplos: Gota de miel, La costeña, Venta de Pitayas, Mecánicos, Expoventa editorial LIMUSA.
II. LAS COMPRAS Y VENTAS DE BIENES INMUEBLES, CUANDO SE HAGAN CON DICHO PROPÓSITO DE ESPECULACION COMERCIAL;
Ejemplos: Grupo CIMA Constructora, Alpe Construcciones S.A de C.V, Inmobiliaria Los Lobos.
III. LAS COMPRAS Y VENTAS DE PORCIONES, ACCIONES Y OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES;
Ejemplos: Compra de acciones a Telmex, Ley de Mercado de Capitales, Bolsa Mexicana de Valores.
Ejemplos: Compra de acciones a Telmex, Ley de Mercado de Capitales, Bolsa Mexicana de Valores.
IV. LOS CONTRATOS RELATIVOS A OBLIGACIONES DEL ESTADO U OTROS TITULOS DE CREDITO CORRIENTES EN EL COMERCIO;
Ejemplos: BANOBRAS (Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos) El cual amplia los servicios y contribuye al desarrollo sustentable.
Ejemplos: BANOBRAS (Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos) El cual amplia los servicios y contribuye al desarrollo sustentable.
V. LAS EMPRESAS DE ABASTECIMIENTOS Y SUMINISTROS;
Ejemplos: CIAPACOV (Comisión Internacional de Agua Potable y Alcantarillado Colima-Villa de Álvarez), CFE (Comisión Federal de Electricidad), CAPDAM (Comisión de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado Manzanillo), PEMEX (Petróleos Mexicanos).
VI. LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCIONES, Y TRABAJOS PUBLICOS Y PRIVADOS;
Ejemplos: SECASA, TRIVASA, Grupo Constructora Torres Hernández.
Ejemplos: SECASA, TRIVASA, Grupo Constructora Torres Hernández.
VII. LAS EMPRESAS DE FABRICAS Y MANUFACTURAS;
Ejemplos: APASCO, MACSA (Manufacturera Centroamericana de Sacos, S.A).
Ejemplos: APASCO, MACSA (Manufacturera Centroamericana de Sacos, S.A).
VIII. LAS EMPRESAS DE TRANSPORTES DE PERSONAS O COSAS, POR TIERRA O POR AGUA; Y LAS EMPRESAS DE TURISMO;
Ejemplos: Aviacsa, ETN, Flecha Amarilla, Nuevo Horizonte, Fletera Bayardo Manzanillo.
Ejemplos: Aviacsa, ETN, Flecha Amarilla, Nuevo Horizonte, Fletera Bayardo Manzanillo.
IX. LAS LIBRERÍAS, Y LAS EMPRESAS EDITORIALES Y TIPOGRÁFICAS;
Ejemplos: Gandhi S.A de C.V, AM Editores, Porrúa, LIMUSA, Fondo de Cultura Económica.
Ejemplos: Gandhi S.A de C.V, AM Editores, Porrúa, LIMUSA, Fondo de Cultura Económica.
X. LAS EMPRESAS DE COMISIONES, DE AGENCIAS, DE OFICINAS DE NEGOCIOS COMERCIALES, CASAS DE EMPEÑO Y ESTABLECIMIENTOS DE VENTAS EN PUBLICA ALMONEDA;
Ejemplos: Nacional Monte de Piedad, PRENDAMEX, La Marina, Sears
Ejemplos: Nacional Monte de Piedad, PRENDAMEX, La Marina, Sears
XI. LAS EMPRESAS DE ESPECTACULOS PÚBLICOS;
Ejemplos: La Petatera, Producciones Rayen, Producciones García, La mejor FM, EXA.
XII. LAS OPERACIONES DE COMISION MERCANTIL;
Ejemplos: MAPFRE (Compañía de Seguros y Reaseguros S.A), INFONAVIT.
Ejemplos: MAPFRE (Compañía de Seguros y Reaseguros S.A), INFONAVIT.
XIII. LAS OPERACIONES DE MEDIACION EN NEGOCIOS MERCANTILES;
Ejemplos: Corredores Públicos, Notarios Públicos, Contratistas.
XIV. LAS OPERACIONES DE BANCOS;
Ejemplos: Transferencias, Pago del Impuesto de Depósitos en Efectivo (IDE), Otorgar Créditos, Cambios de Valores BANAMEX.
XV. TODOS LOS CONTRATOS RELATIVOS AL COMERCIO MARÍTIMO Y A LA NAVEGACION INTERIOR Y EXTERIOR;
Ejemplos: API (Administración Portuaria Integral), MOZ (Agencia Aduanal), DELCO MARÍTIMA S.A de C.V
XVI. LOS CONTRATOS DE SEGUROS DE TODA ESPECIE;
Ejemplos: MetLife, INBURSA.
Ejemplos: MetLife, INBURSA.
XVII. LOS DEPOSITOS POR CAUSA DE COMERCIO;
Ejemplos: El mesquite, Alquilar un auto, Rentar un Departamento, Hotel María Isabel.
Ejemplos: El mesquite, Alquilar un auto, Rentar un Departamento, Hotel María Isabel.
XVIII. LOS DEPOSITOS EN LOS ALMACENES GENERALES Y TODAS LAS OPERACIONES HECHAS SOBRE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO Y BONOS DE PRENDA LIBRADOS POR LOS MISMOS;
Ejemplos: Monte de Piedad, Casa de Empeño, Estacionamiento de Sears.
Ejemplos: Monte de Piedad, Casa de Empeño, Estacionamiento de Sears.
XIX. LOS CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO O REMESAS DE DINERO DE UNA PLAZA A OTRA, ENTRE TODA CLASE DE PERSONAS;
Ejemplos: Wester Junior, Banco Azteca, Correo Electra, Latinoamericana de cambios, S.A de C.V.
Ejemplos: Wester Junior, Banco Azteca, Correo Electra, Latinoamericana de cambios, S.A de C.V.
XX. LOS VALES U OTROS TITULOS A LA ORDEN O AL PORTADOR, Y LAS OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES, A NO SER QUE SE PRUEBE QUE SE DERIVAN DE UNA CAUSA EXTRAÑA AL COMERCIO;
Ejemplos: Effectivale, Gasolineras que expiden vales, Pass Vale, Vales de despensa para los trabajadores.
Ejemplos: Effectivale, Gasolineras que expiden vales, Pass Vale, Vales de despensa para los trabajadores.
XXI. LAS OBLIGACIONES ENTRE COMERCIANTES Y BANQUEROS, SI NO SON DE NATURALEZA ESENCIALMENTE CIVIL;
Ejemplos: Abrir una nueva cuenta en el banco para préstamos hipotecarios, depósitos bancarios, retiros de dinero.
Ejemplos: Abrir una nueva cuenta en el banco para préstamos hipotecarios, depósitos bancarios, retiros de dinero.
XXII. LOS CONTRATOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADOS DE LOS COMERCIANTES EN LO QUE CONCIERNE AL COMERCIO DEL NEGOCIANTE QUE LOS TIENE A SU SERVICIO;
Ejemplos: Contratación de nuevos trabajadores para cualquier tienda departamental como SEARS, CITY CLUB, SAMS CLUB.
Ejemplos: Contratación de nuevos trabajadores para cualquier tienda departamental como SEARS, CITY CLUB, SAMS CLUB.
XXIII. LA ENAJENACION QUE EL PROPIETARIO O EL CULTIVADOR HAGAN DE LOS PRODUCTOS DE SU FINCA O DE SU CULTIVO;
Ejemplos: Limones San José S.A de C.V, CONACOCO, La Paloma, Venta de Tamarindo.
Ejemplos: Limones San José S.A de C.V, CONACOCO, La Paloma, Venta de Tamarindo.
XXIV. LAS OPERACIONES CONTENIDAS EN LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO;
Ejemplos: El pago, firmar un pagaré, endosar un documento, protesto, etc.
XXV. CUALESQUIERA OTROS ACTOS DE NATURALEZA ANALOGA A LOS EXPRESADOS EN ESTE CÓDIGO.
Ejemplos: Puestos de tianguis como los que se ponen en la pulga en Colima, o también como todos los puestos del Rancho de Villa.
El acto mixto.
Los actos de comercio mixtos son aquellos que
para una parte tienen carácter civil y para otra comercial.
Las reglas de la prueba y de la competencia a
aplicar cuando se trata de un acto de tal naturaleza dependen de quien sea el
demandante o el demandado.
Cuando el demandado sea un civil en una
instancia a requerimiento y las reglas de la prueba deben ejecutarse según el
derecho civil.
Cuando el demandado sea un comerciante, a
requerimiento de uno no comerciante, este último puede optar por la vía civil o
por la vía comercial,
Empleando el procedimiento y los medios de
prueba correspondientes a la jurisdicción elegida.
Con relación al procedimiento, nuestra Corte
de Casación ha decidido por sentencia del 28 de enero de 1955, que la forma
sumaria es aplicable en las cortes de apelación cuando el demandado es
comerciante, y se trata de acto realizado en el ejercicio de comercio.
DESARROLLO
De acuerdo al Art. 632 del código de
comercio, la ley reputa actos de comercio toda compra de género y mercancía
para revenderla, sea en naturaleza, sea después de haberlos trabajado y puesto
en obra, o aun para alquilar simplemente su uso.
Por su naturaleza mobiliar de las operaciones
que se acaban de mencionar se desprende que la compra de bienes inmuebles para
revenderlos o arrendarlos no constituye un acto de comercio.
Tampoco realiza un acto de comercio el
agricultor que vende frutos de un predio, pues falta la condición de comprar
para revender. Sin embargo, la compra de un vehículo para alquilarlo constituye
un acto de comercio.
De acuerdo al Art. 1 del código de comercio
"son comerciantes, todas las personas que ejercen actos de comercio y
hacen de él su profesión habitual.
La ley reputa acto de comercio, toda compra
de género y mercancías para revenderlos, sea en naturaleza, sea después de
haberlos trabajado y puesto en obra, o aún para alquilar simplemente su uso:
toda empresa de manufacturas de comisión, de transporte por tierra, o por agua,
toda empresa de suministro de agencias, oficinas de negocios de establecimiento
de ventas a remate, de espectáculos públicos; toda operación de cambio, banca y
corretaje; todas las operaciones de las bancas pública; todas las obligaciones
entre negociantes y banqueros; entre todas las personas, las letras de cambio o
remesas de dinero hechos de plaza a plaza (Art. 632).
La ley reputa del mismo modo los actos de
comercio: toda empresa de construcción, y todas las compras, ventas y reventas
d buques para la navegación interior y exterior, todas las expediciones
marítimas; toda compra o venta de aparejo, pertrechos y vituallas par alas
embarcaciones, todo fletamento, empréstito o préstamo a la gruesa, todos los
seguros y otros contratos concernientes al comercio marítimo, todos los
acuerdos y convenciones por salarios y sueldos de la tripulación; todos los
compromisos d la gente e mar, para el servicio de los buques mercantes. (Art.
633).
CONCLUSIÓN
Como hemos visto para saber quienes son los
comerciantes, necesitamos precisar cuales son los actos de comercio, y además,
que el código no trata estos sino al reglamentar lo concerniente a la
competencia de los tribunales en materia comercial. Podría creerse, pues, que
la determinación de los actos de comercio solo nos interesa para los fines de
estas competencias y saber quienes son los comerciantes, pero no es así
También nos interesa saber desde el punto de
vista de la prueba ya que como veremos cuando sea oportuno, la prueba de los
actos de naturaleza civil; y nos interesa además, desde otros puntos de vista:
la prenda, acto de comercio, está regida por principios diferentes de los que
regula la prenda, contrato civil; el criminal de falsedad en escritura de
comercio, se castiga con la pena de trabajos públicos, de modo distinto de lo
que ocurre con el criminal de falsedad en escrituras privadas que no son de
comercio, castigarle con la pena de reclusión (Art. 150 del Cod. Penal); el
menor legalmente habilitado para ejercer comercio se considera, en principio,
con la misma capacidad que los mayores de edad para los actos realizados en su
comercio y en conexión con estos.
Bibliografía:
*Pina Vara, Rafael, Derecho Mercantil Mexicano, Editorial Porrúa, México, 1997.
*Código de comercio
* Molina Mantilla, Roberto. Derecho Mercantil, Edit. Porrúa, México, 1998.
muchas gracias,fué de gran utilidad para mí
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